Crean Programa REACTIVA PERÚ para asegurar cadena de pagos


En Edición Extraordinaria de El Peruano, el 06 de abril de 2020, se publicó el Decreto Legislativo N° 1455, que crea el Programa REACTIVA PERÚ. A continuación los detalles de la norma:

Creación del Programa: Se crea el Programa de Garantía del Gobierno Nacional para la Continuidad en la Cadena de Pagos (Programa REACTIVA PERÚ) para garantizar el financiamiento de la reposición de los fondos de capital de trabajo de empresas que enfrentan pagos y obligaciones de corto plazo con sus trabajadores y proveedores de bienes y servicios.

Alcance de los créditos: Sólo cubre los créditos en moneda nacional que sean colocados por las Empresas del Sistema Financiero, a partir de la vigencia de Reglamento Operativo del Programa REACTIVA PERÚ y hasta el 30 de junio de 2020. El monto global autorizado a garantizar es de 30 mil millones de soles.

Canalización de la garantía: Se canalizará a través de los siguientes mecanismos: (i) Garantías a las carteras de créditos que se implementan mediante fideicomiso; y, (ii) Garantías individuales que se implementan mediante comisión de confianza u otro instrumento de similar naturaleza.

Extinción de la garantía: Las garantías se extinguen automáticamente en el caso que las declaraciones o documentos que originaron el otorgamiento de las mismas resulten falsos o inexactos. En caso ya hubiesen sido ejercidas u honradas, los montos correspondientes deben ser restituidos por la Empresa del Sistema Financiero.

Límite de la garantía: Cubre como máximo el monto que resulte menor entre el monto equivalente a 3 veces la contribución anual de la empresa a ESSALUD en el año 2019 y el monto equivalente a 1 mes de ventas promedio mensual del año 2019, de acuerdo a los registros de la SUNAT. En el caso de las microempresa, se considera solo el criterio del monto de ventas promedio mensual.

Se garantiza créditos de hasta S/ 10’000,000 por empresa, conforme a lo siguiente: (i) por créditos de hasta S/ 30,000 soles, la garantía cubrirá el 98%; (ii) por créditos de S/ 30,001 a S/ 300,000, la garantía cubrirá el 95%; (iii) por créditos de S/ 300,001 a S/ 5’000,000, la garantía cubrirá el 90%; y, (iv) por créditos de S/ 5’000,001 a S/ 10’000,000, la garantía cubrirá el 80%.

Condiciones para acceder al Programa REACTIVA-PERÚ: La empresa beneficiaria no debe tener deudas a SUNAT en cobranza coactiva mayores a 1 UIT al 29.02.2020. Deben estar clasificadas en el Sistema Financiero y central de riesgo de la SBS como “Normal” o “Con Problemas Potenciales”. No son beneficiarias las empresas vinculadas a las Empresas del Sistema Financiero, ni las comprendidas en la norma sobre reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos. Durante la vigencia del crédito otorgado, la empresa beneficiaria no debe distribuir dividendos ni repartir utilidades, salvo el porcentaje correspondiente a sus trabajadores.


Plazo de los créditos garantizados: Los plazos de los créditos que otorguen las Empresas del Sistema Financiero en el marco del programa, no podrán exceder de 36 meses, que incluye un periodo de gracia de intereses y principal de hasta 12 meses. Los criterios para definir la tasa de interés se establecerán en el Reglamento Operativo del Programa REACTIVA PERÚ.

Administración del Programa: La Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE se encarga de la administración del programa, incluyendo la verificación de que los créditos otorgados cumplan con los requisitos y condiciones para acceder a la garantía.

Reglamento Operativo: El MEF aprobará el Reglamento Operativo del Programa REACTIVA PERÚ en un plazo no mayor de 5 días hábiles (15.04.2020).

Estamos a su servicio.

Estudio Arévalo Abogados

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