Crean Programa REACTIVA PERÚ para asegurar cadena de pagos
En Edición Extraordinaria de El Peruano, el 06 de abril de 2020, se
publicó el Decreto Legislativo N° 1455, que crea el Programa REACTIVA PERÚ. A
continuación los detalles de la norma:
Creación
del Programa: Se crea el Programa de Garantía del Gobierno
Nacional para la Continuidad en la Cadena de Pagos (Programa REACTIVA PERÚ)
para garantizar el financiamiento de la reposición de los fondos de capital de
trabajo de empresas que enfrentan pagos y obligaciones de corto plazo con sus
trabajadores y proveedores de bienes y servicios.
Alcance
de los créditos: Sólo cubre los créditos en moneda nacional que sean
colocados por las Empresas del Sistema Financiero, a partir de la vigencia de
Reglamento Operativo del Programa REACTIVA PERÚ y hasta el 30 de junio de 2020.
El monto global autorizado a garantizar es de 30 mil millones de soles.
Canalización
de la garantía: Se canalizará a través de los siguientes mecanismos:
(i) Garantías a las carteras de créditos que se implementan mediante
fideicomiso; y, (ii) Garantías individuales que se implementan mediante
comisión de confianza u otro instrumento de similar naturaleza.
Extinción
de la garantía: Las garantías se extinguen automáticamente en el
caso que las declaraciones o documentos que originaron el otorgamiento de las mismas
resulten falsos o inexactos. En caso ya hubiesen sido ejercidas u honradas, los
montos correspondientes deben ser restituidos por la Empresa del Sistema Financiero.
Límite de
la garantía: Cubre como máximo el monto que resulte menor entre
el monto equivalente a 3 veces la contribución anual de la empresa a ESSALUD en
el año 2019 y el monto equivalente a 1 mes de ventas promedio mensual del año
2019, de acuerdo a los registros de la SUNAT. En el caso de las microempresa,
se considera solo el criterio del monto de ventas promedio mensual.
Se garantiza créditos de hasta S/ 10’000,000 por empresa, conforme a lo
siguiente: (i) por créditos de hasta S/ 30,000 soles, la garantía cubrirá el
98%; (ii) por créditos de S/ 30,001 a S/ 300,000, la garantía cubrirá el 95%; (iii)
por créditos de S/ 300,001 a S/ 5’000,000, la garantía cubrirá el 90%; y, (iv)
por créditos de S/ 5’000,001 a S/ 10’000,000, la garantía cubrirá el 80%.
Condiciones
para acceder al Programa REACTIVA-PERÚ: La empresa beneficiaria no
debe tener deudas a SUNAT en cobranza coactiva mayores a 1 UIT al 29.02.2020.
Deben estar clasificadas en el Sistema Financiero y central de riesgo de la SBS
como “Normal” o “Con Problemas Potenciales”. No son beneficiarias las empresas
vinculadas a las Empresas del Sistema Financiero, ni las comprendidas en la norma
sobre reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y
delitos conexos. Durante la vigencia del crédito otorgado, la empresa beneficiaria
no debe distribuir dividendos ni repartir utilidades, salvo el porcentaje
correspondiente a sus trabajadores.
Plazo de
los créditos garantizados: Los plazos de los créditos que otorguen las Empresas
del Sistema Financiero en el marco del programa, no podrán exceder de 36 meses,
que incluye un periodo de gracia de intereses y principal de hasta 12 meses.
Los criterios para definir la tasa de interés se establecerán en el Reglamento
Operativo del Programa REACTIVA PERÚ.
Administración
del Programa: La Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE
se encarga de la administración del programa, incluyendo la verificación de que
los créditos otorgados cumplan con los requisitos y condiciones para acceder a
la garantía.
Reglamento
Operativo: El MEF aprobará el Reglamento Operativo del Programa REACTIVA PERÚ en un
plazo no mayor de 5 días hábiles (15.04.2020).
Estamos a su servicio.
Estudio
Arévalo Abogados

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