Autorizan la presentación electrónica de partes notariales de Constitución de Hipoteca
Mediante Resolución
del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 046-2020-SUNARP/SN, se
dispone lo siguiente:
Presentación
electrónica mediante SID SUNARP
Se ha autorizado la presentación
electrónica, mediante el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP - SID
SUNARP, de los siguientes partes notariales:
- Constitución de Hipoteca, en el Registro de Predios;
- Constitución de Asociación, en el Registro de Personas Jurídicas;
- Separación de Patrimonio, de Sustitución del Régimen Patrimonial; y,
- Separación Convencional y Divorcio Ulterior, en el Registro Personal.
Esto es de aplicación desde del 12 de
mayo del 2020 y constituye un medio alternativo a la presentación de títulos en
soporte papel para su inscripción.
Precisiones
en conjunto de otros actos de transferencia
La presentación electrónica del parte notarial de
Constitución de Hipoteca puede efectuarse en conjunto con otro acto de
transferencia disponible en el SID-SUNARP, comprendiendo hasta para 4 predios
inscritos que correspondan a una oficina registral.
Estamos a su servicio.
Estudio Arévalo Abogados

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