Autorizan la presentación electrónica de partes notariales de Constitución de Hipoteca


Mediante Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 046-2020-SUNARP/SN, se dispone lo siguiente:

Presentación electrónica mediante SID SUNARP

Se ha autorizado la presentación electrónica, mediante el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP - SID SUNARP, de los siguientes partes notariales:

  • Constitución de Hipoteca, en el Registro de Predios;
  • Constitución de Asociación, en el Registro de Personas Jurídicas;
  • Separación de Patrimonio, de Sustitución del Régimen Patrimonial; y,
  • Separación Convencional y Divorcio Ulterior, en el Registro Personal.
Esto es de aplicación desde del 12 de mayo del 2020 y constituye un medio alternativo a la presentación de títulos en soporte papel para su inscripción.

Precisiones en conjunto de otros actos de transferencia

La presentación electrónica del parte notarial de Constitución de Hipoteca puede efectuarse en conjunto con otro acto de transferencia disponible en el SID-SUNARP, comprendiendo hasta para 4 predios inscritos que correspondan a una oficina registral.

Estamos a su servicio.

Estudio Arévalo Abogados

Comentarios

Entradas populares de este blog

Habilitan el uso de la “Mesa de Trámite Documentario Virtual Sunarp (MTDV)”

Publican Reglamento de la Ley General de Bodegueros

Prorrogan plazo para la ejecución de cartas fianza