Trabajadores mayores de 65 años se mantendrán en cuarentena durante emergencia sanitaria


Mediante Resolución Ministerial Nº 283-2020-MINSA, modifican el Documento Técnico: “Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los Trabajadores con Riesgo de Exposición a COVID-19”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 239-2020-MINSA y modificado mediante Resolución Ministerial Nº 265-2020-MINSA. A continuación las modificaciones realizadas:

CONSIDERACIONES PARA EL REGRESO O REINCORPORACIÓN AL TRABAJO DE TRABAJADORES CON FACTORES DE RIESGO PARA COVID-19

Se deben considerar en este grupo los trabajadores que presenten los siguientes factores de riesgo para COVID-19:
                                                           
§  Edad mayor de 65 años (antes era considerados mayores de 60 años).
§  Hipertensión arterial no controlada.
§  Enfermedades cardiovasculares graves.
§  Cáncer.
§  Diabetes mellitus.
§  Asma moderada o grave.
§  Enfermedad pulmonar crónica.
§  Insuficiencia renal crónica en tratamiento con hemodiálisis.
§  Enfermedad o tratamiento inmunosupresor.
§  Obesidad con IMC de 40 a más.

Los trabajadores que se encuentren contemplados en el listado anterior, mantendrán la cuarentena hasta el término de la emergencia sanitaria (09.06.2020) de acuerdo al Decreto Supremo N° 008-2020-SA.

EN CASO NO SE HAYA IMPLEMENTADO EL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria por SARS-CoV-2, las entidades públicas, empresas públicas y privadas, que no cuenten con el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo implementado, pueden optar por aplicar el Anexo Nº 1 del presente Documento Técnico, para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19.

Estamos a su servicio.

Estudio Arévalo Abogados



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