Trabajadores mayores de 65 años se mantendrán en cuarentena durante emergencia sanitaria
Mediante Resolución Ministerial
Nº 283-2020-MINSA, modifican el Documento Técnico: “Lineamientos para la
Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los Trabajadores con Riesgo de
Exposición a COVID-19”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 239-2020-MINSA y
modificado mediante Resolución Ministerial Nº 265-2020-MINSA. A continuación las
modificaciones realizadas:
CONSIDERACIONES
PARA EL REGRESO O REINCORPORACIÓN AL TRABAJO DE TRABAJADORES CON FACTORES DE
RIESGO PARA COVID-19
Se deben considerar en este grupo los trabajadores
que presenten los siguientes factores de riesgo para COVID-19:
§ Edad mayor de 65 años (antes era considerados
mayores de 60 años).
§ Hipertensión arterial no controlada.
§ Enfermedades cardiovasculares graves.
§ Cáncer.
§ Diabetes mellitus.
§ Asma moderada o grave.
§ Enfermedad pulmonar crónica.
§ Insuficiencia renal crónica en tratamiento con
hemodiálisis.
§ Enfermedad o tratamiento inmunosupresor.
§ Obesidad con IMC de 40 a más.
Los trabajadores que se encuentren contemplados en
el listado anterior, mantendrán la cuarentena hasta el término de la emergencia
sanitaria (09.06.2020) de acuerdo al Decreto Supremo N° 008-2020-SA.
EN
CASO NO SE HAYA IMPLEMENTADO EL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN
EL TRABAJO
Durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria por
SARS-CoV-2, las entidades públicas, empresas públicas y privadas, que no
cuenten con el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
implementado, pueden optar por aplicar el Anexo Nº 1 del presente Documento
Técnico, para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de
exposición a COVID-19.
Estamos a su servicio.
Estudio
Arévalo Abogados


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