SBS aprueba Procedimiento Operativo para retiro de fondos AFP

RESOLUCIÓN SBS 01484-2021 (19/05/2021)

Aprueba el Procedimiento Operativo para el retiro facultativo de fondos en el Sistema Privado de Pensiones establecido en la Ley N° 31192. Sus principales lineamientos son:

Plazo: La solicitud para el retiro de fondos podrá presentarse por única vez, dentro de los 90 días calendario a partir del 27.05.2021.  La solicitud para dejar de retirar los fondos, se presentará hasta 10 días calendario antes de efectuado cualquiera de los desembolsos, lo cual anula las armadas pendientes de pago.

Canales de atención: Las AFP deben poner a disposición de los afiliados los canales de atención de las solicitudes, así como la información idónea para el efecto.

Exclusión por calificación al REJA: La AFP debe verificar si el afiliado califica para acceder al Régimen de Jubilación Anticipada – REJA- considerando como fecha de corte el 30.04.2021. De calificar, no le es aplicable el retiro facultativo.

Plazos para desembolsos: Primer desembolso de hasta 1 UIT: 30 días calendario de presentada la solicitud. Segundo desembolso de hasta 1 UIT: 30 días calendario desde el primer desembolso. Tercer desembolso: por el remanente: 30 días calendario desde el segundo desembolso.

Monto de los retiros: El afiliado puede solicitar el retiro hasta por el equivalente a 4 UIT respecto del total registrado en su CIC de aportes obligatorios a la fecha de presentación de la solicitud, que se entregará conforme a los plazos señalados.

Medio para el desembolso: Lo establece la AFP, pudiendo suscribir convenios con entidades del sistema financiero u otras que faciliten el pago.

Retención judicial o convencional: La AFP es responsable de realizar la retención judicial o convencional, solo respecto de deudas alimentarias, hasta por el 30% del monto retirado en cada armada.

Afiliados en el extranjero o con imposibilidad física: La AFP establecerá los protocolos de comunicación para permitir identificar al titular solicitante que se encuentre en el extranjero o esté físicamente imposibilitado, a efectos de que ingrese su solicitud de retiro de fondos por los canales y formatos que se habiliten.

Estamos a su servicio.

Estudio Arévalo Abogados

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