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Mostrando entradas de abril, 2019

Publican ley que promueve y regula el uso de la bicicleta como medio de transporte sostenible

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El 24 de abril de 2019 se ha publicado la Ley N° 30936, que promueve y regula el uso de la bicicleta como medio de transporte sostenible. La mencionada norma declara como Día Nacional de la Bicibleta el 3 de junio de cada año ; en ese sentido, los organismos públicos y privados deberán realizar actividades para conmemorar la fecha y crear conciencia de la necesidad del uso de la bicicleta. Como medidas de promoción del uso de la bicicleta por los centros laborales, se ha establecido que los empleadores privados y públicos pueden incentivar en sus trabajadores el uso de la bicicleta como medio de transporte para llegar a su centro laboral a través de medidas tales como flexibilización de la hora de ingreso, días u horas libres, facilitación de duchas al interior del centro de trabajo, entre otros.  En cuanto a los servidores públicos recibirán una jornada laboral libre remunerada por cada sesenta veces que certifiquen haber asistido al centro de labores en bicicleta; pa

Publican ley que regula el procedimiento especial de desalojo con intervención notarial

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El 24 de abril de 2019 se ha publicado la Ley N° 30933, Ley que regula el procedimiento especial de desalojo con intervención notarial. El notario tendrá competencia dentro de la provincia en que se ubica el bien inmueble arrendado, para la constatación de las causales de desalojo; por otra parte, será competente el juez de paz letrado del distrito en que se ubica el bien inmueble arrendado, para ordenar y ejecutar el lanzamiento. Es importante tener en cuenta los requisitos de procedibilidad, el contenido del contrato de arrendamiento, los requisitos de la solicitud, las causales de desalojo, el procedimiento ante notario para la constatación de las causales de desalojo, el trámite judicial de lanzamiento, entre otros aspecto que se regulan en esta norma. ____________________________________________________________________ LEY QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE DESALOJO CON INTERVENCIÓN NOTARIAL LEY Nº 30933 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:

Amplian plazo declaración de Ingresos, Bienes y Rentas para las Autoridades Regionales y Municipales

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El 23 de abril de 2019 se ha publicado el Decreto Supremo N° 082-2019-PCM, que amplía excepcionalmente el plazo de presentación de la Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas para las Autoridades Regionales y Municipales que asumieron funciones en el año 2019. La norma establece como nuevo plazo hasta el 30 de abril de 2019, para la presentación de dicha declaración jurada. Como se sabe, las autoridades regionales y municipales que asumieron funciones a partir del 1 de enero de 2019, están obligadas por Ley a presentar la declaración jurada de ingresos, bienes y rentas.  ____________________________________________________________________ Decreto Supremo que amplía excepcionalmente el plazo de presentación de la Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas para las Autoridades Regionales y Municipales que asumieron funciones en el año 2019 DECRETO SUPREMO N° 082-2019-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de la Le

Indecopi publica propuesta de mejoras normativas a la Ley General del Sistema Concursal para recibir comentarios

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El 22 de abril de 2019 se ha publicado la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi Nº 045-2019-INDECOPI/COD, que dispone la publicación del Documento de Trabajo lnstitucional denominado “Propuesta de mejoras normativas a la Ley Nº 27809, Ley General del Sistema Concursal” en el Portal Institucional del lndecopi. Asimismo, se ha establecido como plazo hasta el 15 de mayo del presente, para recibir comentarios y aportes de las instituciones públicas o privadas y de la ciudadanía en general, en el correo electrónico: documentoconcursal@indecopi.gob.pe. La Secretaría Técnica de la Sala Especializada en Procedimientos Concursales del Tribunal del Indecopi será la encargada de la recepción, procesamiento, evaluación y consolidación de los comentarios y aportes que se reciban respecto del documento de este trabajo institucional. Entre otras cosas se propone una mejora normativa al texto del artículo 84.2 de la Ley General del Sistema Concursal. La pro

¿Será posible el pago de horas extras pese a que el empleador no tiene registro de estas? [Cas. Lab. 1222-2016, La Libertad]

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Fundamento más importante: Décimo segundo: Asimismo, debemos señalar que conforme a los medios probatorios ofrecidos por las partes en su oportunidad, no existe prueba referida al registro de trabajo realizado fuera del horario regular, o, lo que es lo mismo, del trabajo en sobretiempo, el nocturno ni por domingos y feriados, ni que el juzgador haya expedido mandato para que la empresa recurrente exhiba la documentación conteniendo dicha información. Se advierte además que en la Sentencia recurrida se hace referencia a la no presentación del registro de ingreso y salida del trabajador (de asistencia), registro diferente al que se menciona en la citada norma. Por otro lado, si bien la norma referida regula la posibilidad de pago de horas extras ante la deficiencia en el sistema de registro, cierto es también que ello es posible siempre y cuando el trabajador acredite con otros medios su realización; sin embargo, en el caso concreto podemos señalar que ello no ha ocurrido,