Disposiciones para el servicio de transporte en tren eléctrico
Mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 0040-2020-CD-OSITRAN, se aprobó las “Disposiciones Temporales para la prestación del servicio del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao – “Línea 1 del Metro de Lima y Callao” durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria por la existencia del COVID-19”. Establece entre otros, que la empresa concesionaria debe exigir a los usuarios el uso obligatorio de las mascarillas y otros elementos de protección dispuestos por la autoridad, para el acceso y permanencia en el sistema de transporte, restringiendo el acceso o permanencia ante el incumplimiento, sin perjuicio de las sanciones pecuniarias que puedan ser impuestas a los usuarios por parte de la PNP. La empresa concesionaria podrá realizar el control de la temperatura corporal a los usuarios ubicados en la zona de ingreso de las estaciones del sistema de transporte, estando facultada a restringir el acceso a la infraestructura a los usuarios que se nieguen a e