SBS aprueba Procedimiento Operativo para retiro de fondos AFP
RESOLUCIÓN SBS 01484-2021 (19/05/2021) Aprueba el Procedimiento Operativo para el retiro facultativo de fondos en el Sistema Privado de Pensiones establecido en la Ley N° 31192. Sus principales lineamientos son: Plazo: La solicitud para el retiro de fondos podrá presentarse por única vez, dentro de los 90 días calendario a partir del 27.05.2021. La solicitud para dejar de retirar los fondos, se presentará hasta 10 días calendario antes de efectuado cualquiera de los desembolsos, lo cual anula las armadas pendientes de pago. Canales de atención: Las AFP deben poner a disposición de los afiliados los canales de atención de las solicitudes, así como la información idónea para el efecto. Exclusión por calificación al REJA: La AFP debe verificar si el afiliado califica para acceder al Régimen de Jubilación Anticipada – REJA- considerando como fecha de corte el 30.04.2021. De calificar, no le es aplicable el retiro facultativo. Plazos para desembolsos: Primer desembolso de hasta 1 UIT: 30 d